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  Ayuntamiento
Educación y Cultura - Centros abiertos -
  Cartel Centros Abiertos
Pareja

Objetivos

El programa Centros Abiertos persigue facilitar la conciliación escolar y laboral de las familias de Castilla y León mediante la apertura, los días laborables no lectivos y los sábados laborables de octubre a junio, así como los días laborables de lunes a viernes desde la finalización del curso hasta el 31 julio, de los centros docentes públicos.
Con este objetivo y para garantizar un mejor servicio al ciudadano se ha aprobado el Decreto 29/2009, de 8 de abril, por el que se regulan los programas de conciliación de la vida familiar, escolar y laboral en el ámbito educativo y la orden que lo desarrolla.
Solventar las incompatibilidades entre el desarrollo de la vida familiar y laboral de los progenitores.
Ampliar el calendario de apertura de los centros, en colaboración con los Ayuntamientos.
Optimizar el uso de las instalaciones de los centros educativos.
Incrementar la oferta de servicios educativos.
Atender a los alumnos contando con profesionales especializados.
 
 

 

Destinatarios del programa

Son destinatarios del programa Centros Abiertos los alumnos que cursen enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil y de educación primaria en centros públicos, privados y privados concertados ordinarios de la Comunidad de Castilla y León.

 

Requisitos

Para poder ser usuario de este programa los padres o tutores de los destinatarios deberán hallarse en una de estas situaciones:

  • Que ambos padres o tutores trabajen en los períodos de tiempo en que soliciten
    que el alumno participe en el programa.
  • En caso de familias monoparentales, que el responsable familiar trabaje en los
    períodos de tiempo en que se solicite que el alumno participe en el programa.


Esta circunstancia se acreditará, cuando así lo solicite la administración, con la
siguiente documentación:

  • En caso de trabajadores por cuenta ajena certificado de la empresa en que
    presta servicios con especificación del horario laboral.
  • En caso de trabajadores por cuenta propia, resguardo del ingreso de la cuota de
    autónomo del mes anterior a la presentación de la solicitud.
   

El Programa

Primer trimestre: Se podrá disfrutar de este programa los días no lectivos (puentes) correspondientes al mes de octubre (día 11) y diciembre (día 7) y las vacaciones escolares de Navidad (del 23 de diciembre al 9 de enero).

Segundo y tercer trimestre: Comprenderá los sábados laborables y días laborables no lectivos desde el primer día lectivo del mes de enero hasta el último día lectivo del curso escolar, de acuerdo con el calendario escolar.

Vacaciones de verano: Comprenderá los días laborables, de lunes a viernes, desde el primer día de las vacaciones de verano hasta el día 31 de julio.

Tendrá la consideración de franja horaria mínima y obligatoria de asistencia la comprendida ente las 10:00 horas y las 13:00 horas y serán franjas horarias de asistencia voluntaria, las siguientes:

  • De 8:00 a 9:00 horas.
  • De 9:00 a 10:00 horas.
  • De13:00 a 14:00 horas.
  • De 14:00 a 15:00 horas.

Las actividades que se desarrollan en el programa tienen por objeto la mejora del servicio educativo y atenciónde alumnos en aspectos relacionados conáreas socioculturales y lúdicas (juegos y deporte, animación lectora, actividades plásticas, actividades de entretenimiento, audiovisuales, etc.)

Reloj
   
Niños jugando

Personal

El perfil del personal que realiza el servicio de ampliación del calendario de apertura del centro es el de Monitor de Ocio y Tiempo Libre.

El número de monitores de cada programa se establecerá de acuerdo
con la siguiente proporción:

  • Hasta 30 alumnos, dos monitores.
  • De 31 a 48 alumnos, tres monitores
  • De 49 a 66 alumnos, cuatro monitores.
  • A partir de 67 alumnos, 4 monitores, a los que sumará otro adicional por cada 18 alumnos más.
  • Hasta 6 alumnos con necesidades educativas especiales, un monitor.
  • A partir de 6 alumnos con necesidades educativas especiales, 2
    monitores, a los que sumará otro adicional por cada 6 alumnos más.


Los monitores dispondrán de la formación en servicios socioculturales
que determine la Consejería de Educación, sin que en ningún caso
puedan dispensar tratamiento terapéutico alguno a los alumnos admitidos
al programa, salvo actuaciones de primeros auxilios, cuando la situación
lo requiera.

Las funciones que desempeña este personal son:

Cuidado, atención, vigilancia y dinamización del alumnado.
Desarrollo de las actividades socioculturales y lúdicas.
Control diario de la asistencia de los alumnos destinatarios del programa.

Asistencia

La falta de asistencia no justificada de dos sábados implica la pérdida de la plaza durante los sábados del resto del trimestre.

La falta de asistencia no justificada de dos días durante el período de vacaciones y laborables no lectivos implica la pérdida de la plaza durante el resto del período solicitado.

La justificación de la falta de asistencia se hará por escrito según el modelo qu será facilitado en el centro donde se desarrolla el programa.

Silla
     
Solicitudes de admisión  
     

Podrán solicitar plaza en el programa «Centros Abiertos», en el modelo de solicitud aprobado por la Consejería de Educación, los padres o tutores de los alumnos que cursen enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria en centros ordinarios de la Comunidad en los municipios en los que se haya autorizado el programa y con los que se haya firmado el correspondiente convenio de colaboración.

La solicitud de participación en el programa centros abiertos deberá presentarse en ualquiera de los registros administrativos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

El modelo de solicitud impreso aprobado para participar en el programa «Centros Abiertos» el primer, segundo y tercer trimestre constará de tres ejemplares: el primero «para la Administración», el segundo «para la Entidad adjudicataria» y el tercero «para el interesado».

El modelo de solicitud-liquidación impreso para participar en el programa «Centros Abiertos» durante las vacaciones de verano constará de cuatro ejemplares: el primero «para la Administración», el segundo «para la entidad de crédito» el tercero «para la Entidad adjudicataria» y el cuarto «para el interesado».

Deberá presentarse en los siguientes plazos:

  • Del 1 al 20 de septiembre, para participar en el programa el primer trimestre.
  • Del 15 de noviembre al 10 de diciembre, para participar en el programa el segundo y tercer trimestre.
  • Del 1 al 15 de mayo, para participar en el programa durante las vacaciones de verano.


Renovaciones de plaza.
La renovación de plaza deberá solicitarse en el servicio de atención telefónica 012 o por internet, a través del portal de educación, en los plazos que se señalan a continuación:

  • Para alumnos que hayan participado las últimas vacaciones de verano y deseen participar en el primer trimestre del curso siguiente, en el plazo señalado anteriormente.
  • Para alumnos que ya estén participando en el programa y deseen seguir participando en el segundo y tercer trimestre, en el plazo señalado anteriormente.

La entrega de solicitudes e información será en la Secretaría de Educación, calle Simón Ruiz, 18, de lunes a viernes de 9.30 a 13.30 horas.

ORDEN EDU/995/2009, de 5 de mayo, por la que se desarrolla el Decreto 29/2009 de 8 de abril por el que se regulan los programas de conciliación de la Vida Familiar, Escolar y Laboral en el ámbito educativo. BOCyL 11 de mayo de 2009

 


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