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AYUDAS A EMPRENDEDORES 2008
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AYUDAS PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE MEDINA DEL CAMPO
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CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL DESARROLLO ECONOMICO
DE MEDINA DEL CAMPO
BASES 2008
Artículo 1: Objeto
Constituyen el objeto de la presente Convocatoria los siguientes fines:
- El desarrollo y consolidación de los parámetros marcados por el Plan Estratégico de Desarrollo Sostenible de Medina del Campo, Medina 21.
- El apoyo a la implantación de nuevas empresas y empresarios que potencien la actividad económica y la inversión en el término municipal de Medina del Campo.
- La promoción y generación de actividad económica en los espacios de especial interés industrial, comercial y de servicios.
- El impulso de Nuevos Yacimientos de Empleo a nivel local que comporten nuevos puestos de trabajo y que estimulen la inserción laboral mediante el autoempleo.
- Promoción y apoyo a proyectos empresariales y empresas para su consideración y calificación como I+E, según ORDEN de 10 de junio de 2002, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la calificación de Proyectos y Empresas I+E y se crean el Registro y el Fichero de proyectos y empresas calificados como I+E.
Artículo 2: Beneficiarios
Serán beneficiarios de las ayudas reconocidas en esta Convocatoria, los empresarios individuales y empresas de nueva creación localizadas en Medina del Campo, Rodilana y Gomeznarro durante el año 2008, y sean susceptibles de ser reconocidas como Pyme por la Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003, de la Comisión Europea, siempre y cuando cumplan con las presentes bases.
Artículo 3: Ayudas
Subvención a la empresa o empresario individual de una cantidad económica de hasta 6.000 euros.
La ayuda se hará efectiva, siempre en relación con la cantidad presupuestada, y en función de las solicitudes recibidas por el Ayuntamiento. En el supuesto de que el número de solicitudes presentadas que cumplen con los requisitos de la presente Orden superase la cantidad presupuestada, se procederá al prorrateo del crédito inicial en proporción a los proyectos que cumplan los requisitos establecidos.
Para el ejercicio 2008 y de conformidad con lo establecido en los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Medina del Campo para el año 2008, las ayudas previstas se financiaran con cargo a la aplicación 31302 47000.00 con un importe mínimo de 40.000 euros, valorándose en su caso el incremento de dicha cantidad.
Artículo 4: Requisitos
Se establece como criterio inicial para el acceso a las ayudas previstas, la viabilidad técnica del proyecto empresarial. El cumplimiento de este criterio supone acceder a la valoración de los parámetros de la ayuda.
Quedan excluidas las empresas que procedan de un cambio de denominación o forma jurídica de una empresa preexistente, así como los traslados de empresas preexistentes y las empresas que se ubiquen en el Polígono Escaparate, a excepción de las localizadas en el Vivero de Empresas.
El cumplimiento de los siguientes parámetros ha de mantenerse al menos hasta diciembre de 2009, perdiendo y reintegrando la subvención concedida en caso contrario.
Parámetros:
1. Creación de empleo
Cantidad económica de hasta 6.000 euros, por la creación de puestos de trabajo directos de carácter indefinido a tiempo completo en el año de presentación de la solicitud de ayuda, sin la participación y ni a través de empresas de trabajo temporal, a razón de 1.000 euros por cada puesto de trabajo creado.
La contratación indefinida de personas pertenecientes a colectivos en riesgo de exclusión social (mujeres, jóvenes menores de 36 años, parados de larga duración, mayores de 45 años, inmigrantes y personas con discapacidad) y de antiguos alumnos/as de Escuelas Taller, Talleres de Empleo, Casas de Oficio y Programas de Garantía Social, computará a razón de 1.500 euros por cada puesto de trabajo creado, con el límite marcado de 6.000 euros.
Si la puesta en marcha de la iniciativa empresarial supone la creación del propio puesto de trabajo del emprendedor/a o emprendedores/as, computará 500 euros por puesto de trabajo a excepción de que se trate de antiguos alumnos/as de Escuelas Taller, Talleres de Empleo, Casas de Oficio y Programas de Garantía Social, que computará 1.000 euros.
2. Otros parámetros
Cantidad económica de hasta 2.000 euros por el cumplimiento de alguno o varios de los siguientes puntos:
a) 500 euros si la localización del proyecto empresarial es en el Polígono Industrial Francisco Lobato, en el área del Centro Comercial Abierto “Centro Histórico, Medina Comercial”, en el área de comercio del mueble o en las Reales Carnicerías.
b) 500 euros si el proyecto empresarial tiene una importancia estratégica para el desarrollo socioeconómico de Medina del Campo, según justificación oportuna en el proyecto de viabilidad a presentar.
c) 500 euros si el sector de actividad del proyecto empresarial está definido como Nuevo Yacimiento de Empleo, pertenece al sector industrial o al sector turístico.
d) 500 euros si el proyecto empresarial implanta algún tipo de Sistema de Gestión Medioambiental certificado.
e) 500 euros si el proyecto empresarial implica la recuperación de un espacio de valor histórico, artístico o arquitectónico singular.
f) 500 euros si la forma jurídica elegida supone la creación de una empresa de Economía Social (Sociedades Cooperativas o Laborales).
Artículo 5: Procedimiento de solicitud y concesión de pago
Las solicitudes de ayuda se presentarán en instancia normalizada en el Registro General del Ayuntamiento, e irán acompañadas obligatoriamente de la siguiente documentación:
- Identificación del promotor o promotores de la Empresa (fotocopia del DNI).
- Proyecto de Viabilidad, según modelo normalizado adjunto a la instancia de solicitud y debidamente cumplimentado.
- En caso de sociedades, documento acreditativo de la representación de la persona que solicita la subvención.
Con independencia de lo anterior el Ayuntamiento podrá requerir la documentación complementaria que estime pertinente para una mejor valoración y comprensión de la solicitud para que en plazo de 10 días aporten lo solicitado. Transcurrido dicho plazo sin atender al requerimiento, la solicitud se archivará sin más, entendiendo que se desiste de dicha solicitud.
El plazo de solicitud de las ayudas se computará desde la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta el 31 de agosto de 2008, previa aprobación de la Junta de Gobierno Local de las presentes bases.
Presentada la solicitud, será examinada por la Mesa para el Desarrollo Económico y Social de Medina del Campo, la cual emitirá un informe antes del 1 de octubre de 2008 con su propuesta de estimación o desestimación y volumen económico de la ayuda que deberá contar con el conforme del Servicio de Desarrollo Local del Ayuntamiento, siendo sometido posteriormente a la aprobación por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento.
La resolución será comunicada por escrito al promotor o promotores antes del 1 de noviembre de 2008.
El pago de la ayuda concedida, se efectuará previa presentación antes del 1 de diciembre de 2008, de los documentos acreditativos que a continuación se enumeran, y según modelos normalizados a tal efecto:
- Copia de la escritura de constitución de la sociedad o alta de autónomo/a.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Hacienda Municipal, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de sus obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificado del empresario individual o representante de la empresa, legalmente acreditado, sobre el destino de la subvención concedida y sobre otros ingresos o subvenciones recibidas para la misma finalidad. (anexo I)
- Memoria del proyecto empresarial finalmente puesto en marcha, que incluya una cuenta de ingresos y gastos. (anexo II)
- Anexo III en el caso de que los documentos anteriores no pudieran estar disponibles en la fecha de justificación pero sí en el año 2008, en el que el empresario se compromete a presentar dichos documentos antes del 1 de enero de 2009, a causa de comenzar la actividad empresarial entre el 1 y el 31 de diciembre de 2008.
- Documentos acreditativos del cumplimiento de los parámetros presentados para la concesión de la subvención:
- Contratos de trabajo debidamente registrados por la Oficina de Empleo y altas en la Seguridad Social del año 2008.
- Documento acreditativo original o fotocopia compulsada del cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 4, en relación a la contratación de colectivos en riesgo de exclusión social, en relación a la localización del proyecto empresarial, y en relación a la implantación de Sistemas de Gestión Medioambiental.
La no presentación de los documentos oportunos, dará lugar a la anulación de la concesión de la subvención.
Artículo 6: Concurrencia de Ayudas
La presente ayuda es compatible con cualquier otra para el mismo fin, siempre y cuando todas ellas no supongan más del 90% de la inversión reflejada y justificada en el proyecto empresarial, de acuerdo con la Base 29 de las de Ejecución de Presupuesto del Ayuntamiento de Medina del Campo para el ejercicio 2008.
Artículo 7: Interpretación de las bases
El Ayuntamiento de Medina del Campo estará facultado en interpretar las presentes bases para cualquier tipo de duda que surja en su aplicación.
Información:
Servicio de Desarrollo Local • Plaza Mayor de la Hispanidad 1 • Patio de Columnas, 1ª planta •Tel: 983812481 desarrollolocal@ayto-medinadelcampo.es • www.empleomedina.com
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