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Línea ICO
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Internacionalización de la empresa.
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Línea ICO Internacionalización de la empresa española
CONVOCATORIA 2008
ORGANISMO Instituto de Crédito Oficial (ICO)
ÁMBITO España
FECHA DE CADUCIDAD 22/12/2008
TEMA - Ayudas a pymes
- industria agroalimentaria
- Instrumentos de financiación
- Internacionalización
SECTOR (subsector)
INDUSTRIA (financiacion, inversion)
SERVICIOS (financiacion)
OBJETO
Impulso de la presencia de las empresas españolas en el exterior, financiando sus inversiones en condiciones preferentes.
BENEFICIARIOS
Empresas españolas bajo la denominación jurídica de sociedad mercantil o sociedad cooperativa, y entendiendo como incluidas tanto las domiciliadas en España, como aquéllas que, estando domiciliadas en el extranjero, cuenten con mayoría de capital español.
INVERSIONES
Proyectos de inversión en activos nuevos productivos.
CUANTÍA
El importe máximo financiable será el 80% del proyecto de inversión neto (IVA y otros impuestos excluidos)
COMPATIBILIDAD
Esta Línea está sometida a la condición de "mínimis" de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras Instituciones, debiendo respetar los límites máximos en cuanto a la acumulación de ayudas pública establecidas por la Unión Europea.
ORGANISMOTRAMITADOR
Instituto de Crédito Oficial (ICO)
Paseo del Prado, 4
28014
MADRID
MADRID
Tfn: 915921600
Fax: 915921700
ico@ico.es
RESUMEN
BENEFICIARIOS
Empresas españolas bajo la denminación jurídica de sociedad mercantil o sociedad cooperativa, y entendiendo como incluidas tanto las domiciliadas en España, como aquéllas que, estando domiciliadas en el extranjero, cuenten con mayoría de capital español.
Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:
Tramo I: Pyme
Pequeñas y medianas empresas españolas y que, según la definición adoptada por la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003, cumplan los siguientes requisitos:
-Menos de 250 trabajadores.
- Volumen de negocio anual no superior a 50 millones o cifra de balance anual no superior a 43 millones de euros.
- No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan de forma agregada, los requisitos en cuanto al número de trabajadores y límites financieros mencionados anteriormente.
Tramo II: resto de empresas
Empresas sin limitación de PYME que cumplan el requisito genérico citado en el primer párrafo de este apartado.
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
Proyectos de inversión en activos nuevos productivos, como por ejemplo plataformas logísticas o redes de comercialización, siempre que cumplan los requisitos siguientes:
- Sin limitación en activos materiales.
- Sin limitación en activos inmateriales ?tecnológicos?, es decir, destinados a la innovación o modernización tecnológica de la empresa, tales como, redes de uso local, programas informáticos, páginas web.
- En caso de activos inmateriales ?no tecnológicos?, tales como concesiones, licencias, franquicias, traspasos y otros así contemplados por el PGC, se someterán al límite del 50% de inmaterial.
- Límite del 80% en activo inmobiliario.
- Los activos circulantes deberán estar ligados al proyecto de inversión y, en ningún caso, podrán superar el 20% del importe total de la inversión.
- Se financian los gastos de establecimiento que se definen como tales en los grupos 200 y 201 del Plan General Contable, hasta un límite del 10% de la inversión total a financiar.
También es financiable la adquisición de empresas, así como la toma de participaciones significativas, al menos del 20%, que conduzcan a la toma del control o la participación en la gestión de la empresa en el exterior.
La inversión a financiar no podrá tener una antigüedad superior a 6 meses a la fecha de firma del contrato de financiación, y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 2 años desde la firma.
En todo caso no se financian: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, inversiones cuya finalidad sea la deslocalización de la empresa española, IVA y otros impuestos ligados a la inversión.
AYUDA
Esta línea pone a disposición de las empresas españolas 100 millones de euros.
CONDICIONES DEL PRÉSTAMO
Plazos de amortización:
El beneficiario podrá elegir entre los siguientes plazos y carencias:
- 5 años, sin carencia ó con un periodo de carencia de un año
- 7 años, sin carencia ó con un periodo de carencia de dos años
- 10 años, sin carencia ó con un periodo de carencia de tres años
Tipos de interés
TRAMO I:
Tipo fijo: según referencia ICO + 0,40 puntos porcentuales
Tipo variable: referenciado a EURIBOR a 6 meses + 0,40 puntos porcentuales
TRAMO II:
Tipo fijo: según referencia ICO + 0,75 puntos porcentuales
Tipo variable: referenciado a EURIBOR a 6 meses + 0,75 puntos porcentuale
Comisiones
El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y las Entidades Financieras no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisiones, tales como apertura, estudio o disponibilidad.
Cancelación anticipada voluntaria
Podrá efectuarse la cancelación anticipada, total o parcial, de la operacion de préstamo/leasing, en las condiciones siguientes:
- Tipo fijo, se imputará una comisión flat del 1% sobre las cantidades reembolsadas por anticipado.
- Tipo variable, no llevarán penalización, debiendo realizarse en las fechas de revisión semestral del tipo de interés.
OBSERVACIONES
Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.
El empresario presentará la documentación que cada entidad financiera considere necesaria para estudiar la operación.
COMPATIBILIDAD
Esta Línea está sometida a la condición de mínimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la Unión Europea.
INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN
Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España.
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BOLSA DE TRABAJO
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