Inicio  
empleomedina.com
Ayuntamiento de Medina del Campo
mapa web · contacta con nosotros · tablón de anuncios · noticias ·
 

2010. Subvenciones destinadas al fomento de la contratación indefinida de menores de 30 años de edad.


OBJETO :
Este programa tiene como finalidad fomentar la realización de contratos indefinidos formalizados con trabajadores desempleados menores de 30 años de edad.

BENEFICIARIOS:
Serán beneficiarios de estas subvenciones las PYMES (microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas) y personas físicas o empresarios individuales que formalicen contrataciones indefinidas de menores de 30 años de edad.

INVERSIONES:
La celebración de contratos de duración indefinida a jornada completa

CUANTÍA:
La celebración de contratos de duración indefinida a jornada completa en los términos expuestos, se subvencionará con las siguientes cuantías: Contratos formalizados con varones menores de 30 años de edad: 8.799,80 euros. Contratos formalizados con mujeres menores de 30 años de edad: 9.299,80 euros.

COMPATIBILIDAD:
Las subvenciones reguladas en esta Orden serán incompatibles con cualesquiera otras subvenciones públicas para la misma finalidad.

LEGISLACIÓN:
ORDEN EYE/1173/2010, de 10 de agosto, por la que se aprueban las Bases Reguladoras y se hace pública la convocatoria de las subvenciones dirigidas al fomento del empleo por cuenta ajena de menores de 30 años de edad.

RESUMEN:
BENEFICIARIOS

Serán beneficiarios de estas subvenciones las PYMES (microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas) y personas físicas o empresarios individuales que formalicen contrataciones indefinidas en los sectores económicos:
Forestal (restauración forestal, prevención de incendios forestales, tratamientos selvícolas, etc.).

Dependencia y ayuda a domicilio.

Patrimonio histórico-artístico (iniciativas tales como
Monumentos Abiertos, Camino de Santiago, etc.).

Energías renovables, eficiencia energética.

Comercio.

Turismo.

Hostelería.

Restauración.

No podrán beneficiarse de estas subvenciones las Administraciones públicas, ni las empresas públicas o participadas.

Destinatarios:

Las contrataciones deberán formalizarse con trabajadores desempleados menores de 30 años de edad e inscritos como tales en el Servicio Público de Empleo en el momento inmediatamente anterior a la fecha de inicio de tales contrataciones.

ACCIÓN SUBVENCIONABLE

Se subvencionarán las contrataciones indefinidas de los destinatarios, concertadas a jornada completa o a tiempo parcial, siempre que, en este caso, la jornada de trabajo sea igual o superior al 50% de la jornada ordinaria, y formalizadas en los sectores económicos que se mencionan

Si el contrato indefinido fuese un contrato de relevo, la duración de la jornada deberá ser igual o superior al 50% de la jornada ordinaria y, como mínimo, igual a la reducción de jornada acordada por el trabajador sustituido. El horario de trabajo del trabajador relevista podrá completar el del trabajador sustituido o simultanearse con él.

Si el contrato indefinido celebrado lo es por sustitución de trabajadores que se jubilan anticipadamente a partir de los 60 años, debe serlo a jornada completa o parcial, siempre que, en este caso, la jornada de trabajo sea igual o superior a la que venía desarrollando el trabajador que se jubila anticipadamente y, en todo caso, igual o superior al 50% de la jornada ordinaria de la empresa o del sector.

AYUDA

La celebración de contratos de duración indefinida a jornada completa en los términos expuestos, se subvencionará con las siguientes cuantías:

- Contratos formalizados con varones menores de 30 años de edad: 8.799,80 euros.

- Contratos formalizados con mujeres menores de 30 años de edad: 9.299,80 euros.

Para el cálculo de la cuantía de la subvención por la contratación indefinida formalizada a jornada parcial, las cantidades mencionadas se reducirán en proporción al prorrateo que resulte de aplicar sobre la jornada ordinaria a tiempo completo de 40 horas semanales, o la jornada aplicable en la empresa o sector, el número de horas de trabajo correspondiente al contrato subvencionable.

COMPATIBILIDAD

El importe de las subvenciones, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad subvencionada.

Las subvenciones reguladas en esta Orden serán incompatibles con cualesquiera otras subvenciones públicas para la misma finalidad.

INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN

La solicitud se formulará en el modelo normalizado que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, accesible a través de la dirección electrónica: http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

Las solicitudes se presentarán en los registros de la Gerencia Provincial del Servicio Público de Empleo de Castilla y León competente para su tramitación.

ORGANISMO TRAMITADOR:
Gerencia Provincial del Servicio Público de Empleo de Valladolid
María de Molina, 7 5º Pta.
47001
VALLADOLID
VALLADOLID
Tfn: 983218590
Fax: 983218600


Volver


noticias...
III Salón Miempresa
14 / 15 de Febrero. Madrid
Los jueves ¡de tapas!
Hasta el mes de Junio

más noticias

tablón de anuncios...
Taller sobre beneficios fiscales.
16 de Febrero. Cámara de Comercio
FUNDACIÓN PARA LA EXPERIENCIA
Valladolid. Próximos cursos 14 y 15 de febrero.

más anuncios
  Ayuntamiento Medina del Campo Accesibilidadw3c Ayuntamiento de Medina del Campo · empleomedina.com
Plan Estratégico de Desarrollo Medina 21
Aviso Legal · Privacidad · Copyright 2010